El Gobierno implementó el Impuesto a las Ganancias

Comenzará a regir desde este mes. Abonarán la alícuota los trabajadores que cobren sueldos netos de entre 1,5 y 5 millones de pesos, según sean solteros, casados y con hijos. Además, se computarán horas extras, aguinaldo y premios.

Este lunes 22 de julio quedó reglamentada la reforma al Impuesto a las Ganancias, a través del decreto 652/2024 del Boletín Oficial y que está establecida en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. La medida fue aprobada hace casi un mes. Por eso, desde hoy, los trabajadores con sueldos brutos de 1,8 millones de pesos ─solteros─ y de 2,2 millones ─casados─ tendrán que pagar ese gravamen con la remuneración que percibirán en agosto. 

Con la publicación del Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo oficializó los cambios para que se puedan aplicar desde julio. Como consecuencia, se calcula que unos 800 mil trabajadores comenzarán a pagar ganancias y que, hasta ahora, estaban exentos del Impuesto. Lo hacían solo los de altos ingresos, quienes superan los 15 sueldos mínimos, con una remuneración de alrededor de 3 millones y medio de pesos.

Quiénes pagarán Ganancias 

Los trabajadores que perciban 1,8 millones de pesos, en el caso de los solteros, es decir, 1,5 millones de pesos netos, comenzarán a pagar una alícuota del 5 por ciento. Mientras que la del 35 por ciento será para aquellos que cobren salarios brutos de 4,9 millones de pesos. Es decir, el gravamen irá del 5 al 35 por ciento, con intermedios, según remuneración neta, condición civil y si tiene hijos. 

Por ejemplo, un trabajador cuya remuneración de bolsillo es de alrededor de 1,5 millones de pesos, deberá abonar una alícuota del 5 por ciento, lo que representa poco más de cuatro mil pesos. Para ello deberán ser solteros y no tener hijos. Según la escala, quienes perciban alrededor de 2,5 millones mensuales, aportarán el 19 por ciento, es decir, 93 mil pesos si la persona es soltera sin hijos; 47 mil pesos, en caso de ser soltero y con un hijo, y 14 mil pesos, si es casado y con dos hijos.  

En lo más alto, con un 35 por ciento, se encuentran los trabajadores que cobren más de 5 millones de pesos netos. Las retenciones irán, de acuerdo a las mismas condiciones de la persona, de 900 mil a 750 mil pesos.  

Mínimo No Imponible (MNI) y deducciones 

La ley establece, además, que a partir de ahora se computarán para el cálculo del gravamen las horas extras, los premios, aguinaldo y no habrá una alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia. Las deducciones serán por hijo, cónyuge, alquileres, prepaga y seguro de vida.

En ese sentido, la actualización del Mínimo No Imponible se hará en septiembre de este año y, a partir de enero de 2025 y en julio de cada año se calculará en base al índice de precios al consumidor que obtenga el Indec. Para 2024, el ajuste se calculará entre “la variación del índice señalado en el considerando precedente, correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024, inclusive”, según lo que fija el artículo 74 de la Ley N° 24.743. Para el año que viene, será entre la variación de septiembre a diciembre de 2024.

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